
ANTE LA APARICION DE UNA PUBLICACION EN EL SEMANARIO OPINION REGIONAL EN EL QUE SE ADUCE QUE LA RESOLUCION DE LA JUEZ EVA SANCHEZ ANGULO PERJUDICARIA A LOS TRABAJADORES DE ANDAHUASI. LOS VERDADEROS TRABAJADORES DE LA EMPRESA AZUCARERA ANDAHUASI COMUNICAMOS A LA OPINION PÚBLICA QUE:
1.- La resolución Nº 19 emitida por la juez Sánchez Angulo, Eva Graciela declara nulo todo lo actuado por el juez MANUEL JARA CHUMBES, debido a que carece de los requisitos indispensables para la obtención de su finalidad, lo cual se resume en un vicio insubsanable.
2.- Los requisitos a que se refiere esta resolución son:
- Que el sindicato liderado por FILADELFO COCA demanda en representación de 1 548 trabajadores pero solo presenta los documentos de 207 trabajadores, por lo que la falta de representación de los 1 352 trabajadores subsiste, según lo indica la resolución.
- Que los documentos presentados no contienen la cantidad sustentada de la supuesta deuda de manera individualizada, toda vez que los trabajadores no perciben una remuneración igualitaria.
- Que la demanda incluye pretensiones de pago de contribuciones de AFP y ONP lo que esta produciendo una sustitución de acreedor, debido a que son las instituciones AFP y ONP las que tiene que realizar esta demanda.
- Que se reclama el pago de asignación familiar y no se sustenta dicho derecho, teniendo en cuenta que no todos los trabajadores gozan de dicho beneficio.
- Que la sub pretensión de pago de vacaciones es una obligación distinta a las remuneraciones, puesto que persigue que el empleador disponga su derecho al goce vacacional, es decir, es una obligación de hacer, su cuantificación solo procede en caso de cese de vínculo laboral.
- Que la sub pretensión de adeudos judiciales no contiene en los fundamentos facticos, ningún sustento que permita identificar su contenido y alcance.
3.- Esta resolución no puede considerarse perjudicial para los trabajadores, porque lo único que resuelve es lo que ya la OCMA había observado: que no se había cumplido con el debido proceso, lo que perjudico a la mayoría de trabajadores, como lo demuestra esta resolución.
4.- Esta resolución devuelve el derecho a los 1 352 trabajadores que no habían sido considerados en la ADMINISTRACION JUDICIAL. Estos trabajadores solicitaron al juez MANUEL JARA CHUMBES ser comprendidos como Litisconsortes (partes de la demanda) pero este juez denegó dicha pretensión a pesar de haber cumplido con todos los requisitos que nos fue solicitada.
5.- Lo indignante de la actuación del JUEZ JARA CHUMBES es que para resolver en contra de estos trabajadores se basó en el escrito presentado con fecha 10 de agosto en el que el abogado del SINDICATO liderado por FILADELFO COCA en el que manifiesta que el total de recurrentes han dejado de ser trabajadores a partir del catorce de mayo del 2009 (extracto del articulo 02 de la resolución Nº 19). Esta afirmación lo hace sin fundamento alguno y sin embargo para el juez le basto para declarar infundado el pedido de los trabajadores cuyos derechos estaban siendo vulnerados.
6.- De la respuesta del sindicato liderado por FILADELFO COCA se demuestra que este señor ha desnaturalizado la finalidad del sindicato, que es la defensa irrestricta del derecho al trabajo. Al desnaturalizar el sindicato pierde el derecho a ser considerado defensor de los trabajadores dejando expedito que los trabajadores formen otro sindicato que los defienda debidamente.
7.- La resolución Nº 19 otorga la oportunidad al sindicato liderado por FILADELFO COCA de subsanar la omisión advertida, por lo que queda claro la imparcialidad de la juez Sánchez Angulo, Eva Graciela. Esta imparcialidad no se dio con el juez MANUEL JARA CHUMBEZ, que actuó siempre solo en apoyo de los 207 trabajadores en desmedro de 1 352 trabajadores.
8.- Denunciamos la actitud parcializada y carente de toda ética de este semanario “OPINION REGIONAL” al no investigar y leer adecuadamente la resolución emitida por la juez Sánchez Angulo, Eva Graciela.
9.- Pedimos a todos los medios de comunicación informar debidamente y no manifestar “los trabajadores de la empresa Andahuasi” sino, una facción de los trabajadores de Andahuasi liderados por FILADELFO COCA. En el caso de la mayoría de trabajadores estamos representados por el SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES liderado por ALFREDO NICHO NICHO.
10.- Manifestamos nuestra indignación ante la forma delincuencial en el que el SINDICATO DE FILADELFO COCA denigra a la juez Sánchez Angulo, Eva Graciela con el único objetivo de intimidarla y presionarla para mantener la ADMINISTRACION JUDICIAL obtenida de manera indebida y cuyos resultados solo ha permitido que el robo y el la impunidad continúen en ANDAHUASI.
11.- El sindicato de FILADELFO COCA aduce no tener dinero para pagar a los trabajadores pero tiene dinero para pagar más de cincuenta mil ejemplares de este diario y distribuirlos en todo huacho, con el único fin de desinformar a la población huachana.
12.- Dice defender los salarios de los trabajadores y sin embargo no acepto el pago en efectivo de los nueve millones ochocientos mil soles que efectuaron los representantes legales de la empresa. Con este pago se hubieran pagado la totalidad de la deuda que el aduce.
13.- Con esta actitud, FILADELFO COCA demuestra que los trabajadores no les importa y que solo defiende sus propios interese y la del grupo BUSTAMANTE que son los que financian la usurpación.
¡¡¡ VIVA LOS VERDADEROS TRABAJADORES DE ANDAHUASI, AMANTES DE LA PAZ Y EL ORDEN!!!